Premiados 2025
AJE Madrid · Madrid Impacta · Mayor Impacto Medioambiental
Leer más

El evento

Qué vas a contratar

Los vasos

Fianza, agua e informe

El borrador se escribe mientras rellenas los datos.

Vista previa a escala. El PDF sale paginado, con índice y números de página; el Word es totalmente editable, con índice enlazado a cada apartado.

Qué debe incluir un pliego para contratar vasos reutilizables

Desde el 1 de julio de 2023, el artículo 7.6 del Real Decreto 1055/2022 obliga a los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos a implantar alternativas a los envases y vasos de un solo uso. Cuando el promotor es una administración, esa obligación suele cumplirse contratando el suministro de vasos reutilizables o un servicio integral que incluya también su retorno y lavado.

Un buen pliego técnico deja claras cinco cosas: el objeto y el alcance, es decir, si se contratan solo los vasos o el servicio completo; la normativa que deben cumplir los vasos, empezando por la norma UNE-EN 13429:2005 de reutilización y la de materiales en contacto con alimentos; el dimensionamiento del evento; cómo se gestionan la fianza y su devolución; y qué información debe entregar el adjudicatario al terminar.

Este generador redacta un borrador con esa estructura a partir de los datos de tu evento. Es un punto de partida: el órgano de contratación debe revisarlo y adaptarlo a su procedimiento y a sus pliegos de cláusulas administrativas.

Preguntas frecuentes

¿Qué debe incluir un pliego para contratar vasos reutilizables?

Como mínimo, el objeto y el alcance del contrato, la normativa que deben cumplir los vasos, el dimensionamiento del evento, la gestión de la fianza y su devolución si se cobra, y la información que debe entregar el adjudicatario al terminar.

¿Qué normativa hay que citar?

El artículo 7.6 del Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, que obliga a los eventos a implantar alternativas a los vasos de un solo uso; la Ley 7/2022 de residuos; la norma UNE-EN 13429:2005 de reutilización, que el propio artículo 7.6 exige a los vasos; y la normativa de materiales en contacto con alimentos.

¿Es mejor contratar solo los vasos o el servicio integral?

Depende de los medios de la entidad. Contratar solo los vasos exige que la organización los reparta, los recoja, los lave y los guarde. El servicio integral incluye todo eso, además de los puntos de retorno y, si se pide, un informe final con la tasa de retorno.

¿Cómo se regula la fianza en el pliego?

Si se cobra fianza por vaso, el artículo 7.6 del Real Decreto 1055/2022 obliga a habilitar los mecanismos necesarios para devolverla cuando el vaso se retorna. El pliego debe indicar el importe y quién mantiene los puntos de devolución abiertos y con efectivo hasta el final del evento.

¿Puedo usar el borrador directamente?

Es un punto de partida. El órgano de contratación debe revisarlo y adaptarlo a su procedimiento, a la normativa de contratación aplicable y a sus pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Escríbenos por WhatsApp